martes, 25 de junio de 2013




GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CENTRO EDUCATIVO DE NIVEL SECUNDARIO 80 DE 3°
Adolfo Alsina 1825 7° Piso CABA

RÉGIMEN DE CONVIVENCIA 2013

Con la intención de poder establecer una convivencia armoniosa, utilizando como método el diálogo y la reflexión de las causas del conflicto, apuntando a la prevención y resolución democrática de los mismos, y en el convencimiento de que ésta es la más a adecuada y sólida base para poder desarrollar un fructífero proceso de enseñanza-aprendizaje, este CENS N ° 80, estableció entre otros las siguientes pautas de convivencia que el alumno deberá cumplir mientras permanezca en el establecimiento:

1) Promover y favorecer el diálogo entre todos los integrantes del establecimiento.
2) Practicar la tolerancia y asumir las consecuencias de sus actos como personas responsables y adulta.
3) Mantener la higiene del lugar y el cuidado de las instalaciones.
4) Queda establecida la PROHIBICIÓN de fumar en el establecimiento.
5) El ingreso y egreso al edificio del establecimiento; se hará cuidando en extremo el orden y las formas.
6) La vestimenta con la cual concurrirá el alumno será adecuada y decorosa.
7) No utilizar reproductor de sonido durante el desarrollo de las clases.
8) Tener apagados los  teléfonos celulares dentro de las aulas en horarios de clases.
9) Respetar el horario de ingreso 14:30 y egreso 18:15 horas. Y los tiempos de descanso entre los módulos: 15.50 a 16.00 hs (corto) y 17.20 a 17.35 hs. ( largo)
10) Notificar modificaciones en la vida cotidiana, familiar o laboral; que pueda influenciar en el normal desarrollo de la realidad educativa del alumno.
11) Estricto registro y cumplimiento del alumno de las inasistencias por asignatura. En caso de inasistencia por enfermedad, deberá presentar dentro de las 72 horas posteriores a su reintegro certificado que justifique la inasistencia.
12) Sólo puede recuperar el alumno aplazado o ausente, en la última semana antes de cerrar las etapas del año. Si el ausente estuviera justificado con certificado médico se tendrá en cuenta para la nota de concepto.
13) El CENS no se responsabiliza por la pérdida de objetos personales extraviados por el alumno durante la permanencia en el mismo.
14) Podrá tomarse mate en el aula si se observan estrictamente las normas de higiene, y si el profesor a cargo está de acuerdo dentro de su clase
15) Durante los horarios de clase, no se permitirá la presencia de los alumnos en los pasillos. En las horas libres deberán permanecer dentro de las aulas o en la sala de  biblioteca o lectura
16) Evitar ruidos molestos, gritos  y agresiones entre los alumnos.
17) El sistema de sanciones, tendrá un sentido pedagógico y será de carácter persuasivo y reparatorio. Las instancias de las sanciones variarán de acuerdo con la gravedad del quebranto de la norma.
* Falta leve:
a) Ingreso al aula después del profesor, en forma reiterada.
* Falta grave:
a) Agresión verbal o física a cualquier integrante de la Comunidad Educativa.
b) Ingesta de bebidas alcohólicas o cualquier tipo de droga o fumar en el escuela.
* Falta muy grave:
a) Efectuar comentarios maliciosos o adoptar actitudes discriminatorias.
b) Dañar, destruir o hurtar cualquier elemento institucional, en forma intencional o premeditada ya sea material escolar o personal, perteneciente al Establecimiento.
c) Faltar el respeto a los símbolos patrios.
d) Poner en peligro o atentar con la vida y la integridad física y psíquica de cualquier miembro de la Comunidad  Educativa.
e) Traer armas a la escuela.
f) Suministro o comercialización de cualquier tipo de droga.

18) El alumno acepta conocer los términos de la normativa en lo que respecta al régimen de promoción como alumno regular, sistema de equivalencia y correlatividades, como así también del sistema de cursado por asignaturas.